El objeto de esta ley es asegurar el derecho a la igualdad de oportunidades
de las personas con discapacidad, con el fin de obtener su plena inclusión social, asegurando el disfrute de
sus derechos y eliminando cualquier forma de discriminación fundada en la discapacidad.
Para el cumplimiento del objeto señalado en el artículo anterior, se dará a conocer masivamente a la comunidad los derechos y principios de participación activa y necesaria en la sociedad de las personas con discapacidad, fomentando la valoración en la diversidad humana, dándole el reconocimiento de persona y ser social y necesario para el progreso y desarrollo del país.
En la aplicación de esta ley deberá darse cumplimiento a los principios de vida independiente, accesibilidad universal, diseño universal, intersectorialidad, participación y diálogo social.
Para todos los efectos se entenderá
por:
a) Vida Independiente: El estado que permite a una persona tomar decisiones, ejercer actos
de manera autónoma y participar activamente en la comunidad, en ejercicio del derecho al libre desarrollo
de la personalidad.
b) Accesibilidad Universal: La condición que deben cumplir los entornos, procesos, instrumentos, herramientas y dispositivos, para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas, en condiciones de seguridad y comodidad, de la forma más autónoma y natural posible.
c) Diseño Universal: La actividad por la que se conciben o proyectan, desde el origen, entornos, procesos, bienes, productos, servicios, objetos, instrumentos, dispositivos o herramientas, de forma que puedan ser utilizados por todas las personas o en su mayor extensión posible.
d) Intersectorialidad: El principio en virtud del cual las políticas, en cualquier ámbito de la gestión pública, deben considerar como elementos transversales los derechos de las personas en situación de discapacidad.
e) Participación y Diálogo Social: Proceso en virtud del cual las personas en situación de discapacidad, las organizaciones que las representan y las que agrupan a sus familias, ejercen un rol activo en la elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas que les conciernen